La Ley N° 20.048, publicada el 31 de agosto de 2005, introduce importantes modificaciones al Código Penal y al Código de Justicia Militar en materia del delito de desacato.
El delito de desacato contemplado en los artículos 264 y siguientes del Código Penal había mantenido inalterada su estructura típica desde la dictación del Código Penal en 1874, sin perjuicio que ya en el año 2001, y con la publicación de la Ley 19.733 o Ley de Prensa, se había procedido a desincriminar ciertas conductas de desacato contempladas en la Ley de Seguridad Interior del Estado, al eliminar del art. 6°, letra b) de dicha ley, toda referencia a la difamación, injurias y calumnias en contra de las personas que ocupan los cargos públicos de más alto rango dentro de la Nación.
I.- Las Disposiciones de la Ley 20.048.
El contenido de las modificaciones que llegaron a convertirse en ley, son las siguientes:
1. Se elimina del Código Penal toda referencia al delito de desacato, suprimiendo esa expresión del epígrafe del Párrafo 1° del Título VI del Código Penal, que queda simplemente como “Atentados contra la autoridad”.
2. Se deroga el art. 263, que castigaba al que de hecho o de palabra injuriare gravemente a quienes personifican los tres poderes del Estado (Presidente de la República, Diputados y Senadores y miembros de los Tribunales Superiores de Justicia).
3. Se reformula completamente el art. 264 del Código Penal en la siguiente forma:
"Art. 264. El que amenace durante las sesiones de los cuerpos colegisladores o en las audiencias de los tribunales de justicia a algún diputado o senador o a un miembro de dichos tribunales, o a un senador o diputado por las opiniones manifestadas en el Congreso, o a un miembro de un tribunal de justicia por los fallos que hubiere pronunciado o a los ministros de Estado u otra autoridad en el ejercicio de sus cargos, será castigado con reclusión menor en cualquiera de sus grados.
El que perturbe gravemente el orden de las sesiones de los cuerpos colegisladores o de las audiencias de los tribunales de justicia, u ocasionare tumulto o exaltare al desorden en el despacho de una autoridad o corporación pública hasta el punto de impedir sus actos, será castigado con la pena de reclusión menor en su grado mínimo y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales, o sólo esta última.".
Como se puede apreciar, se elimina la mención de las injurias, lo que significa que de aquí en adelante la única forma de perseguir la responsabilidad penal de quienes injurien a alguna autoridad en su carácter de tal, será recurriendo al delito de injurias, particularmente al tipo agravado del art. 417, N° 5 del Código Penal, en que la razón de la agravación radica, precisamente, en el “estado, dignidad y circunstancias del ofendido y del ofensor”.
Además, se elimina toda referencia al “desacato”, de manera que el delito allí previsto pasa a ser una nueva modalidad de atentado en contra de la autoridad, cometido mediante amenazas, cualquiera que sea su gravedad[1], en contra de:
a) Diputados o Senadores durante las sesiones de los cuerpos colegisladores o por las opiniones que hayan manifestado en el Congreso;
b) miembros de los Tribunales de Justicia durante las audiencias o en razón de los fallos que hayan pronunciado, y
c) Ministros de Estado u otra autoridad en el ejercicio de sus cargos.
El nuevo texto no innova mayormente en cuanto al fondo de la norma, puesto que describe con una redacción distinta las mismas conductas que castigaba el art. 264 en su versión original, con la salvedad de las injurias y eliminando, al mismo tiempo, el N° 4 referido al superior jerárquico, así como también el anacronismo de la provocación a duelo, contenida en el antiguo inciso 2°.
Se incorpora, en cambio, un nuevo inciso segundo, que reproduce textualmente el antiguo art. 268, que se deroga. En consecuencia, dicho inciso 2° castiga la perturbación grave del orden de las sesiones de los cuerpos colegisladores o de las audiencias de los Tribunales, y también la conducta de ocasionar tumulto o exaltar al desorden en el despacho de una autoridad o corporación pública hasta el punto de impedir o interrumpir sus actos.
Los verbos rectores son “Amenazar” y “Perturbar”. El diccionario de la RAE ha definido “amenazar” como “dar a entender con actos o palabras que se quiere hacer algún mal a otro” y por perturbar como “inmutar, trastornar el orden y concierto, o la quietud y el sociego de algo o de alguien“. Este verbo rector va acompañado de la palabra “gravemente”, por lo que entendemos que la perturbación debe ser de mucha entidad o importancia, y no una simple molestia o breve interrupción a la sesión o audiencia.
Las penas son reclusión menor en cualquiera de sus grados para los casos previstos en el inciso primero, y reclusión menor en su grado mínimo y multa de seis a diez UTM, o sólo está ultima, para los del inciso segundo.
4. Como las penas de las conductas tipificadas en el art. 264 se señalan en esa misma disposición, se deroga el art. 265 del Código Penal.
5. Se elimina del art. 266 del Código Penal la mención al desacato.
6. Se deroga el art. 268, que como ya se dijo, quedó incorporado como inciso 2° del nuevo art. 264.
7. El proyecto modifica, además, diversas disposiciones del Código de Justicia Militar:
a) Se reemplaza el art. 276, que castiga a quien induce al personal militar a la indisciplina, el desorden o el incumplimiento de deberes militares, graduando la pena en relación con la calidad y jerarquía del inducido.
b) Se cambia a unidades tributarias mensuales (UTM) la unidad monetaria en que se expresa la multa en el caso del art. 416 N° 4°, alterando también la cuantía, que queda entre seis y once UTM.
[1] Esta es otra diferencia con respecto a la antigua normativa, puesto que el artículo 265 castigaba con mayor pena las injurias o amenazas graves que las leves.
lunes, 19 de mayo de 2008
miércoles, 27 de febrero de 2008
En Costa Rica hallan restos de avión chileno perdido en 1943

La nave era parte de una escuadrilla de tres aparatos Vultee BT-13 Valiant adquiridos en Estados Unidos.
PABLO REED/ El Mercurio ( http://diario.elmercurio.com/2008/02/27/nacional/nacional/noticias/40124624-567A-4874-BC73-D6C89AB9E0B1.htm )
Un lugareño costarricense encontró el fuselaje de un avión que corresponde a una nave de la Fuerza Aérea chilena perdida en ese país en julio de 1943 con dos tripulantes a bordo.Los restos del avión fueron localizados hace 33 años por el campesino Víctor Navarro Luna, quien, sin embargo, nunca comunicó nada a las autoridades aeronáuticas porque pensó "que ya sabían de eso".Navarro decidió hace pocos días aprovechar el metal de la aeronave para "venderlo a una chatarrera y así ganarme alguito". Pero un vecino alertó a la policía que un grupo de personas estaba transportando restos de un avión.Así, la policía comprobó que Navarro tenía una de las alas y el armazón del fuselaje junto a su casa. Le pidieron que los llevaran al sitio donde los había encontrado y se avisó a la Aviación Civil.Los restos fueron hallados en un sector montañoso del llamado cerro de la Muerte, donde el mal clima ha provocado varios accidentes aéreos.El sector es conocido como Tres de Junio, en San Isidro de El Guarco, provincia de Cartago, en el centro de Costa Rica.Parte del fuselaje que encontró el lugareño fue llevado a las autoridades de Aeronáutica Civil, quienes avisaron a la embajada chilena en San José para decidir el rescate de los restos del avión.Con una altura de 3.451 metros sobre el nivel del mar, el cerro de la Muerte es parte de la cordillera de Talamanca, a tres horas de San José.Primero se creyó que la nave era argentina, pero representantes de ese país fueron al sitio del hallazgo y vieron que la matrícula era chilena.El embajador chileno, Gonzalo Mendoza, ordenó al cónsul Alberto Rodríguez que fuera al lugar, confirmó la Cancillería.Rodríguez llegó al lugar en la tarde de ayer y dijo estar "sorprendido" por el hallazgo, que calificó de histórico. "Es un caso muy interesante", agregó.Los restos están en condiciones precarias, pero se observa claramente el escudo chileno en una de las alas. No hay huellas de restos humanos.El extravío de la nave se conoció el 27 de julio de 1943. Según informó entonces "El Mercurio", tres aviones Vultee BT-13 Valiant, adquiridos por Chile para incrementar la Fuerza Aérea, habían partido desde Estados Unidos -en San Antonio, Texas- con destino a Santiago.La escuadrilla estaba comandada por el capitán Aníbal Solminihac e integrada por los tenientes Santiago Castro y Werner Martínez. El avión que pilotaba este último junto al sargento Tomás Ayala como mecánico se perdió cuando volaba entre San José y Golfito.La formación debió disolverse en ese punto porque había muchas nubes. Saliendo por una quebrada, una nave fue a David, en Panamá, y la otra regresó a San José.En las labores de búsqueda cooperaron varios aviones militares norteamericanos y de la empresa Taca y partieron por tierra expediciones enviadas por el gobierno de Costa Rica.A los pocos días no había esperanzas de que los tripulantes se encontraran con vida.Fuentes de la FACh informaron que hoy entregarán una versión sobre el caso. Asimismo, el cónsul Rodríguez dijo que pediría informes en Chile sobre la identidad de los tripulantes.
viernes, 26 de octubre de 2007
Mehuin contra Celco
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CONFEDERACIÓN NACIONAL DE
PESCADORES ARTESANALES DE CHILE
DECLARACIÓN PÚBLICA
Valparaíso 23 de Octubre de 2007
A la Opinión Pública
A los Medios de Comunicación
A los Organismos de Derechos Humanos
Nacionales e Internacionales
1. El día 9 de Octubre de 2007, en la ciudad de Valdivia, Chile, se firmó un Convenio de Colaboración y asistencia reciproca entre dos organizaciones de pescadores artesanales, liderados por Joaquín Antonio Vargas Gallardo, RUT 8.143.866-8, y la empresa Celulosa Arauco y Constitución, S.A.., (CELCO), representada por Sergio Carreño Moscoso Rut, 5.355.754-6.
2. Dicho convenio estipula, entre otras cosas, que los pescadores firmantes se comprometen formalmente a colaborar en la realización de los estudios, mediciones, construcción, instalación y puesta en funcionamiento de un emisario submarino que descargue los residuos industriales líquidos que debe desechar la empresa para sus operaciones, reconociendo de este modo el derecho de CELCO de ejercer su actividad económica en el área de Mehuín, sus playas y aguas territoriales cercanas.
3. Asimismo, las partes acuerdan que la empresa retribuirá económicamente a los firmantes mediante un sistema denominado .aportes para desarrollo productivo de los pescadores de Mehuín., en complemento con otro llamado .mejoramiento de las condiciones de vida de los pescadores de Mehuín..
4. Por otra parte, en el punto décimo primero y décimo segundo del Convenio se condiciona la entrega del dinero a la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y a la instalación y funcionamiento del emisario, entre otras cosas.

Ante los hechos mencionados la Confederación Nacional de Pescadores de Chile, expresa lo siguiente:
1. La primera obligación de los Pescadores Artesanales de Chile ética, moral y legal ha sido y es mantener un medio ambiente limpio para preservar la biodiversidad de la cual ancestralmente hemos dependido como comunidades.
2. En base a este principio, elemental y lógico, es que los pescadores y la comunidad de Mehuín han sostenido una radical y constante oposición a la instalación del ducto de la empresa CELCO.
3. La Confederación Nacional de Pescadores Artesanales de Chile, reitera una vez más su total apoyo a la lucha de la comunidad de Mehuín.
4. Por otra parte, y con la misma energía rechazamos las prácticas utilizadas por la empresa CELCO para desarticular la resistencia de la comunidad a la instalación del ducto. Estas van desde la presión e influencia en el gobierno y sus instituciones, el parlamento y los medios de comunicación, hasta el uso de mecanismos que rayan en lo delictual y mafioso para destruir el tejido social interno de la comunidad, ofreciendo enormes sumas de dinero para comprar voluntades e incluso recurriendo a individuos con perfil de sicarios para amedrentar a quienes se oponen a la destrucción del medio ambiente.
5. El accionar de estos .siniestros personajes. ha provocado una alteración negativa de las relaciones de convivencia al interior de la comunidad, poniendo en riesgo, inclusive, la vida de algunos de sus integrantes.
6. De igual forma rechazamos el silencio cómplice de algunas autoridades de gobierno ya que estos graves hechos han sido denunciados reiteradamente por distintas organizaciones.
7. Por último, exigimos al gobierno de Chile, que cumpla su rol de velar por el bien común, el respeto a los derechos humanos y el cuidado del medioambiente, interviniendo para que la empresa CELCO no continúe con este tipo de prácticas perversas.
8. Invitamos a la comunidad nacional e internacional, personas, organismos e instituciones a que solidaricen con la denuncia de esta grave situación manifestándose ante las autoridades chilenas, a partir de la difusión y reenvío
de la adscripción a la presente declaración a todas las siguientes direcciones.
- Correo electrónico de la Presidencia de la República
www.gobiernodechile.cl/presidencia/Escriba_Presidenta.asp
- Comisión Interamericana de Derechos Humanos
cidhoea@oas.org
- Confederación Nacional de Pescadores Artesanales de Chile
conapach@conapach.cl
- Comité de Defensa del Mar, VIII,IX y X Regiones
comitedefensa@mehuinchile.cl
comitedefensa@hotmail.com
COSME CARACCIOLO ALVAREZ
PRESIDENTE
CONFEDERACIÓN NACIONAL DE PESCADORES ARTESANALES DE CHILE
CONAPACH
http://www.conapach.cl/ - conapach@conapach.cl
Montealegre 398 Cerro Alegre, Valparaíso . Fono-Fax: 32- 2232602
martes, 24 de abril de 2007
Crónica Radial

Catalina Caro C. / El Salvador
Cuando el profesor de radio de la universidad nos propuso escribir una crónica sobre un país latinoamericano no me imagine lo interesante y novedoso que esto sería.
El país que me fue asignado para dicho propósito fue El Salvador, y en el mismo momento en que me lo dijeron me di cuenta de que no era mucha la información que yo manejaba acerca de ese país. Por ello pensé que lo primero era informarme acerca de de los aspectos generales de aquel lugar procediendo a buscar información sobre El Salvador en Internet, más precisamente en el sitio de la enciclopedia libre Wikipedia (http://es.wikipedia.org/wiki/Portada), que es un lugar muy útil a la hora de buscar cualquier tipo de información.
Cuando ya tenia información general sobre El Salvador procedí a buscar más información en Google (http://www.google.com/), fue ahí donde encontré la versión on line de algunos periódicos de dicho país, como "El Diario de Hoy" ( http://www.elsalvador.com/), donde revisé las noticias del momento. Pero como revisar un sólo medios es prácticamente nada me dediqué a buscar muchos más, encontrando: www.elmundo.com.sv/, http://www.diariocolatino.com/, http://www.laprensagrafica.com/portada/, entre otros. Pero como ello continuaba siendo insuficiente el el portal Google busqué El Salvador en la sección de noticias, donde me aparecieron las más recientes noticias publicadas en el mundo sobre dicho país.
Como se habrán dado cuenta a la hora de escribir una crónica es necesario hacer una gran búsqueda y leer mucho para tener un buen background.
Una vez revisados todos estos medios procedí a buscar una noticia cuyo tema me resultara interesante y me decidía por uno relacionado con la energía -La inauguración por parte del presidente Saca de la primera planta de biocombustible de centroamérica-.
Antes de comenzar a escribir mi nota releí una vez más las noticias relacionadas con el tema que había escogido. Una vez llevada a cabo dicha acción recién pude comenzar a estructurar mi nota, organizando los contenidos cronológicamente y/o en base a causas y consecuencias, ya que esa es la forma correcta de organizar una crónica periodística.
Al ir redactando mi trabajo me preocupé de corroborar muy bien los datos, de ser precisa y concisa sin dejar fuera ningún dato importante y teniendo mucho cuidado en que los párrafos fueran cortos (sin sobrepasar las tres lineas), ya que es de esa forma como se escribe para radio.
Una vez terminada y revisada la nota procedí a grabarla sin olvidar antes hacer un training vocal, ya que es importante realizarlo aunque sea brevemente.
Leí varias veces la nota antes de grabarla, para practicar la dicción y evitar equivocarme, y una vez que estuve lista gravé mi nota utilizando el programa Adobe Audition, preocupándome de que mi voz no se percibiera
saturada. Una vez terminada la grabación la edité en el mismo programa.Luego me cree una cuenta en http://www.podomatic.com/ y subí mi grabación.
Si quieres escucharla puedes hacerlo en la página: http://www.catalilla.podomatic.com/
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